MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION NUMERO 3183 DE 2007
(Septiembre 10)
Por la cual se establece un plazo para la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura de los Gases Medicinales
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Para la obtención del certificado de cumplimiento de las BuenasPrácticas de Manufactura de Gases Medicinales ante el Instituto Nacional de Vigilanciade Medicamentos y Alimentos –INVIMA-, la industria y las instituciones prestadoras deservicios de salud que fabriquen gases medicinales, tendrán un plazo improrrogable dedieciocho (18) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presenteresolución.